jueves, 29 de septiembre de 2016

HISTORIA 12 - Taller sobre tratados canaleros

Taller Nº 1 – Historia 12°
Los tratados del Canal de Panamá


Lea los siguientes puntos:

Comparación de los tratados sobre el Canal - 1903


Tratado Herrán-Hay
Tratado Bunau Varilla-Hay

Los Estados Unidos garantizan y mantendrán la independencia de Panamá
Concesión por períodos renovables de 100 años
Concesión a perpetuidad
Se sede una zona de 10 kilómetros, o sean 6 millas de ancho más o menos
Zona de 10 millas de ancho
Se ceden, sin estar incluidas en la Zona, el uso y la ocupación de las estratégicas islas Naos, Perico, Flamenco y Culebra
Se ceden, como parte de la Zona y a perpetuidad las isla de Naos, Perico, Flamenco y Culebra
Los derechos y Privilegios concedidos no afectan “la soberanía de la República de Colombia…”
Se confieren “los Derechos, poder y autoridad que los Estados Unidos poseerían y ejercitarían si ellos fueran soberanos del territorio…”
Expropiación de tierras y de propiedades para el Canal, sin limitación en lo que respecta al avalúo de los valores, de acuerdo con las reglas generales de la ley colombiana para su aplicación
Expropiación de tierras y de propiedades para el Canal, avaluadas con base de sus valores en 1903
Expropiación de tierras para el canal… avaluadas conforme a las leyes de Colombia
Expropiación de tierras y propiedades para el Canal, avaluadas con base a su valor de 1903
Jurisdicción judicial en la Zona del Canal ejercida por tribunales mixtos colomboamericanos
Jurisdicción policiva y judicial ejercida exclusivamente por los Estados Unidos
Acueducto gratuito al cabo de 50 años, sin otra condición que el pago de una renta de agua razonable durante ese periodo
Acueducto cedido al cabo de 50 años mediante pago en ese periodo de su costo, más un 20% de interés
Se mantiene el principio de la neutralidad de los Canales
Se viola el principio de la neutralidad de los Canales




TRATADOS TORRIJOS – CARTER: 1977.

Dada la complejidad de los Tratados señalaremos los aspectos más importantes, agrupando sus disposiciones en cuatro grandes ítems, a saber:

1) Soberanía: se reconocía la soberanía de Panamá sobre la Zona del Canal y por tanto la República tendría una participación creciente en la administración protección y defensa del Canal. En virtud de lo anterior, la Zona del Canal quedaba sujeta a la legislación panameña y ahora se denominaba Área Canalera. Sin embargo, Panamá le otorgaba a los Estados Unidos los derechos necesarios para operar el Canal, que entraría en poder nacional, el 31 de diciembre de 1999, al mediodía.

2) Administración del Canal: estaría a cargo de una agencia gubernamental estadounidense denominada la Comisión del Canal de Panamá, cuya Junta Directiva
estaría integrada por nueve miembros (5 estadounidenses y 4 panameños) todos nombrados por los Estados Unidos. Hasta el 31 de diciembre de 1989, el Administrador sería un ciudadano norteamericano y el Subadministrador panameño. A partir del 1 de enero de 1990, esta situación se invertía.

3) Defensa del Canal: ambas naciones se comprometían a proteger y defender el Canal. Sin embargo, se dejaba constancia que durante la vigencia de este Tratado los
Estados Unidos tendría la responsabilidad primaria en este campo. Se estableció una Junta Combinada compuesta por igual número de militares de alto rango de ambos países.

4) Beneficios económicos: revertirían a Panamá el 60% de las tierras e infraestructuras del área canalera. Entre otros bienes pasaban a Panamá: el ferrocarril, los puertos de Balboa y Cristóbal y el Fuerte Gulick donde funcionaba la Escuela de las Américas. Panamá recibiría diez millones de dólares por parte de la Comisión del Canal por los servicios públicos que prestaría en las áreas revertidas. Igualmente, recibiría una suma proporcional de los peajes pagados por los barcos que transitaran por el Canal.
También se adoptaban medidas para preservar la ecología de la cuenca del Canal.

Adicional a este Tratado se firmó el Tratado Concerniente a la Neutralidad Permanente del Canal y su funcionamiento que no tiene fecha de vencimiento. Este documento establecía la neutralidad permanente de la vía interoceánica, pero advertía que si por
cualquier razón los barcos de Panamá o de los Estados Unidos debían pasar antes, tendrían el paso expedito. De manera que era una neutralidad muy sui generis.
Según Torrijos este Tratado colocaba a Panamá “bajo el paraguas del Pentágono”.

Glosario:
Expropiación: Compra de tierras privadas por un Estado o Nación.
Perpetuidad: de por vida.


PREGUNTAS:

1. De los dos primeros tratados de 1903 ¿Cuál era el más ventajoso y el menos ventajoso y por qué? – 10 PUNTOS
2. ¿Cuáles fueron los beneficios del tratado Torrijos Carter y diga con sus palabras las razones por las cuales es mejor que el tratado Hay Bunau Varilla? – 10 PUNTOS


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